¿Qué es el derecho de tanto en arrendamiento?

Aunque el término “derecho de tanto” es poco conocido, se trata de un vocablo común utilizado en el ámbito inmobiliario. Se refiere a un derecho preferencial, puede aplicar a copropietarios, herederos, socios y arrendatarios, consiste en brindar primacía a éstos en el caso de querer vender una propiedad, es decir, son ellos quienes tienen la prioridad de compra.

}Por ejemplo, supongamos que dentro de una propiedad que fue heredada a 3 hijos, uno de ellos decide vender la parte que le corresponde, sus hermanos son los primeros en derecho de poder realizar la transacción. 

Este derecho está basado en el cuarto artículo constitucional que habla sobre el derecho que posee toda familia de contar con una vivienda digna.

Es necesario establecer que este derecho de tanto puede aplicarse en diversas situaciones, como lo explicamos anteriormente, sin embargo, en este caso queremos enfocarnos en los casos de arrendamiento de un inmueble determinado, es decir, las obligaciones y derechos de un arrendador y arrendatario para que esta ventaja pueda adjudicarse. 

Notificación y respuesta de compraventa

Una vez que el arrendador ha tomado la decisión de poner a la venta la propiedad, deberá enviar una notificación por escrito y ante un notario, con el monto y las condiciones en las que desea vender el inmueble.

Cuando el inquilino recibe la notificación, cuenta con un periodo de tiempo para responder a la propuesta, aceptarla, rechazarla o bien, realizar una contraoferta, de manera formal para ser considerada. 

Responsabilidad del inquilino para el acceso al derecho de tanto

Es cierto que el inquilino posee el derecho de tanto, sin embargo, éste no es natural, se requiere cumplir con al menos una de las siguientes condiciones para poder acceder a él, a continuación, te las enumeramos:

  1. Es necesario que el arrendador tenga todas y cada una de las cuotas por el concepto de la renta en tiempo y forma
  2. Haber realizado mejoras o reparaciones en el inmueble que impacten en el valor de dicha propiedad
  3. Tener un mínimo de antigüedad de 5 años habitando la propiedad

¿Qué pasa con los condominios?

En el caso de que la propiedad posea varias piezas, departamentos o locales, hay particularidades que se deben considerar para que el derecho de tanto pueda aplicar y no será en todos los casos, si el inmueble fue construido por una empresa particular, el derecho es en primer lugar de ésta.

En otros casos a continuación enumeramos el tipo de condiciones a considerar para ponerlo en venta: 

  1. El inquilino con mayor antigüedad
  2. El que posea mayor superficie
  3. Aquel que tenga el terreno de mayor valor
  4. El arrendador que pague la cuota de renta más alta
  5. Al grupo más grande de inquilinos asociados

¿Cómo aplicarlo?

Tratamos de simplificarlo para acercar la información a todos nuestros lectores, sin embargo, cada caso es particular y es necesario que un área legal, comercial e inmobiliaria analicen el caso para poder asesorarte de manera profesional y acertada, si te gustaría saber más de este y otros temas, contáctanos

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